Servicios del Puesto de Bolsa
Registros
Consiste en presentar documentación que haga constar que el cliente efectuó una operación de compra o venta de productos agropecuarios con terceros y que ha cumplido con su pago fiscal para gozar de los efectos de la Ley 453 Arto 110, 187-189.Esta figura se utiliza cuando se efectúa el pago de impuesto bajo la obligación tributaria de Retención Definitiva en la Fuente, para gozar del beneficio que la ley permite.Bienes agrícolas primarios con retención del 1%- Arroz
- Ajonjolí
- Semolina
- Trigo
- Puntilla
- Harina de trigo
- Maíz
- Afrecho
- Harina de maíz
- Café sin procesar
- Fríjol
- Semilla para siembra
- Sorgo
- Vegetales
- Soya
- Ganado en pie
- Maní
- Caña de azúcar
Nota: De acuerdo al reglamento de la ley el MHCP, en coordinación con el MAGFOR, autorizará la transacción en la Bolsa de productos agropecuarios de bienes agrícolas primarios y demás bienes agropecuarios.Demás bienes del sector agropecuario retención del 2%
- Alimentos para ganado, aves de corral y animales de agricultura
- Agroquímicos
- Fertilizantes
- Sacos para uso agrícola
- Queso artesanal
- Leche cruda
- Grasa animal
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